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Restricciones a la circulación del transporte de mercancías en 2016

Los transportistas de mercancías sufrirán nuevas restricciones a la circulación a lo largo del presente año tras la publicación en el BOE de la Resolución de fecha 8 de enero de 2016 de la Dirección General de Tráfico por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2016.

Entre las novedades que establece la nueva regulación, tal y como señalan desde Fenadismer, figura el hecho de que el documento incluye las restricciones en carreteras de Navarra, que los dos últimos años habían sido dictadas por el Gobierno foral y fueron declaradas nulas por el T.S.J. de Navarra el pasado mes de septiembre. Además, como novedad se establecen también en la zona fronteriza entre España y Portugal desde Zamora, en los grandes periodos festivos (Semana Santa, Puente de Mayo, etc). Por último, en el ámbito del transporte de mercancías peligrosas, se establece por primera vez la prohibición de circular las vísperas de festivo, que resulten miércoles o jueves desde las 16 a las 24 h.

Mercancías en general

Más en detalle, en el ámbito de las mercancías generales, las restricciones genéricas afectan a vehículos de más de 7500 kg de MMA y conjuntos de vehículos de cualquier MMA excepto transporte de ganado vivo, mercancías perecederas a temperatura regulada (leche cruda, carnes rojas, caza, pescado y productos lácteos frescos entre otros), en periodo invernal, fundentes para el mantenimiento de carreteras y grúas de servicio de auxilio en carretera en el curso de estas operaciones.

Así, las restricciones de este tipo quedan fijadas para todos los domingos y festivos entre el 3 de julio y el 11 de septiembre en las siguientes vías. Ambos sentidos desde las 18 h hasta las 23 h en N-630 de Oviedo al límite León; N-634 del km 552 al 622 y del 280 al 552; N-631 de S, Cibrián de Castro a Rionegro; N-610 del km 74 a Castrogonzalo (A6); Villaviciosa a Oviedo; A-66 de Serín a Campomanes; AS-I de Mieres a Gijón. Sentido Madrid desde las 21h hasta las 23h en A-1 desde Boceguillas; A-2 desde Almadrones; A-3 desde Atalaya de Cañavate; A-5 desde Maqueda, todos hasta la M-40; en A-6 de Arévalo a Adanero y de Las Rozas a Madrid; AP-6 de Adanero a San Rafael; N-VI de Adanero a Collado Villalba; AP-51 de Avila a Villacastín; AP-61 de Segovia a San Rafael; N-110 del km 246 al 228; N-603 de Otero de los Herreros a San Rafael y M-501 de San Martín a enlace M-40.

Se establece por primera vez la prohibición de circular las vísperas de festivo, que resulten miércoles o jueves desde las 16 a las 24 h.

 

Además en A-8 de 16 a 21h de Laredo a Castro Urdiales (sentido Bilbao); de 17 a 24h en A-45 de Málaga al Alto Las Pedrizas (sentido Córdoba) y de 15 a las 24 h en A-49 de San Juan del Puerto a Camas sentido Sevilla y de Camas a Bollullos (sentido Huelva). Asimismo, todos los sábados, domingos y festivos de julio y agosto desde las 11 h hasta las 22 h en ambos sentidos en A-483 de enlace A-49 Bollullos a Matalascañas; A-497 de Huelva a Punta Umbría; A-5056 y A-5076 de Lepe a La Antilla. En A-370 de Los Gallardos a Garrucha y A-352 de Cuevas de Almanzora a Garrucha, ambos sentidos de 6 a 22 h. En N-122 de Zamora a fronte Portugal 11 a 22 h. También todos los sábados de junio, julio y agosto en A-49 de Camas a Huévar del Aljarafe, sentido Huelva, desde las 11 h hasta las 14 h.

En el caso de las restricciones específicas se recomienda consultar con detalle el BOE si bien afectarán a los siguientes periodos temporales. Semana Santa – días 23, 24, 27 y 28 de marzo, Romería Ntra. Sra. de la Cabeza – días 22, 23, 24 y 25 de abril, puente de mayo,  días 29 y 30 de abril y 2 de Mayo, los domingos 5, 12, 19 y 26 de junio en A-8, la festividad de Santiago, los días 22, 23, 24 y 25 de julio, el descenso del Sella el día 6 agosto, la festividad Todos los Santos el 1 de noviembre, el Premio Motociclismo de la Comunidad Valenciana los días, 5 y 6 de noviembre, el puente de la Constitución e Inmaculada los días 2, 3 y 8 de diciembre, así como se recomienda consultar la continuidad de las restricciones Francia los días 27 y 28 de marzo, 4, 5, 15 y 16 de mayo, 13 y 14 de julio, 10 y 11 de noviembre.

Mercancías peligrosas

En el caso del transporte de mercancías peligrosas, se establecen las restricciones para las carreteras ya señaladas para mercancías en general y, además, los domingos y festivos (nacionales o autonómicos), desde las 8.00 h hasta las 24.00 h y las vísperas, no sábados de festivos, desde las 13.00 h hasta las 24.00 h. También los miércoles o jueves, vísperas de festivos (nacionales), desde las 16 h hasta las 24.00 h y las vísperas de festivo, que no sean sábados, desde las 16.00 h hasta las 24.00 h

Existen también en este ámbito del transporte algunas restricciones específicas, como ocurre el domingo 27 de marzo de 8.00 a 24.00 h y el sábado 30 de julio de 8.00 a 15.00 h, Además, quedan fijadas limitaciones horarias en Túneles del Pardo (M-40 Madrid) los días laborables de 7 h a las 10 h en sentido creciente y de 18 h hasta las 21 h en sentido decreciente; Túneles Boadilla-Valdepastores (M-50 Madrid) los días laborables de 7 h hasta las 10 h en sentido creciente y desde las 18 h hasta las 21 h en sentido decreciente; Túnel Barajas (M-111 Madrid) todos los días del año desde las 6 h hasta las 23 h; Túnel Somport (N-330Huesca); N-433 del km 35 al 104 los sábados de 11 h a 22 h en noviembre y diciembre y del km 2 al km 6 (Puente de Carranza) todos los días de 0.00 h a 24 h; M-40 Madrid del km 25 al km 9 de 7 h a 10 h los días laborables en sentido decreciente y de 18 h a 21 h todos los días en sentido creciente.

Asimismo, el transporte de mercancías peligrosas habrá de realizarse a través de la “Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP)”. Cuando el origen o destino se encuentre fuera de la RIMP, los desplazamientos habrán de realizarse por las carreteras convencionales que permitan acceder a la red por la entrada o salida más próxima en el sentido de la marcha. En cuanto a las excepciones a esta norma, podrán circular, sin justificación, los transportes de gases licuados para uso doméstico o para su distribución y reparto de consumidores; aprovisionamiento de estaciones de servicio; abastecimiento de transporte ferroviario, buques y aeronaves, así como para calefacciones de uso doméstico y gases necesarios para centros sanitarios o asistencia sanitaria doméstica.

Transportes Especiales/Vehículos Especiales

Por lo que se refiere a los transportes especiales, se les aplicarán las restricciones previstas para los transportes de carga general y de mercancías peligrosas (mismos tramos, fechas y horarios). Además, los días 27 y 28 de marzo desde las 8.00 hasta las 24.00 h y el 30 de julio de 8.00 a 15.00 h. También los días laborables en Madrid decreciente de 7 h a 9 h y creciente de 18 h a 20 h (A-1 del km 11,8 al 50; A-2 del km 10,8 al 38; A-3 del km 7 al 40; A-4 del km 6,7 al 30; A-42 del km 6,2 al 27,5; A-5 del km 11,2 al 35; A-6 del km 6,8 al 39,5; M-607 del km 9,2 al 39,4; M-40 del km 0 al 61,3; M-45 del km 0 al 31; M-50 del km 0 al 84,5; M-501 del km 0 al 21,7; M-505 del km 0 al 29,5 y M-506 del km 0 al 53) y en Sevilla en la SE-30 en ambos sentidos del km 10 al 12 de 13 a 16.30 h. En el caso de los vehículos especiales se les aplicarán las restricciones previstas para los transportes de carga general y de mercancías peligrosas (mismos tramos, fechas y horarios).

Fuente: www.todotransporte.com